Acción Urbana

Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Acción Urbana:

  • Promover la participación activa de los arquitectos en la mejor solución de los problemas urbanos, de medio ambiente y patrimonio arquitectónicos, coordinándose para ello con las autoridades Municipales, Estatales y Federales.
  • Proponer y participar activamente en la creación y mantenimiento de los órganos consultivos de desarrollo urbano y ecología de las autoridades Municipales, Estatales o Federales en concordancia con las Leyes vigentes en materia de desarrollo urbano y medio ambiente.
  • Participar activamente en el análisis, evaluación y propuesta de reforma de los Reglamentos y Leyes relacionados con la profesión y practica de la Arquitectura y su campo profesional a través de los conductos legales que para tal efecto tengan las autoridades Municipales, Estatales y Federales y órganos Legislativos y Judiciales.